Como consecuencia de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mécanica, y con efectos a partir del presente año 2020, se establece como principal novedad que, para que la exención en el pago del Impuesto sobre Vehículos sea reconocida en el año en el que se presenta la solicitud tanto por tener reconocida una minusvalía igual o superior al 33 % o por ser titular de un vehículo con más de 25 años de antigüedad contados a partir de su fecha de matriculación o fabricación, deberá presentarse ésta junto con el resto de documentación entre el 1 de enero y el 10 de febrero.