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Convocatoria de subvenciones directas para negocios de hostelería y alojamiento de Mazcuerras

Con fecha 4 de agosto de 2021 se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de la Convocatoria de Subvenciones directas para negocios de hostelería y alojamiento de Mazcuerras.

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones a que se refiere la convocatoria las microempresas, PYMES y autónomos del sector de la hostelería y hospedaje que cumplan los siguientes requisitos específicos:

Tener su centro de trabajo y desarrollar su actividad en el municipio de Mazcuerras.

Que no tengan más de cincuenta (50) trabajadores de alta en la empresa en la fecha de presentación de la solicitud, en cualquiera de las modalidades de contratación y computando tanto el régimen general como el especial de trabajadores autónomos.

Que hayan visto suspendida o limitada su actividad de hostelería como consecuencia de las restricciones impuestas por el Gobierno de España y el Gobierno de Cantabria al sector.

Que mantengan su actividad durante, al menos, 6 meses desde la concesión de la subvención.

Se considera, a efectos de las presentes bases reguladoras, que son negocios de hostelería:

Bares, cafés, cafeterías, mesones y restaurantes.

Se considera, asimismo, que son negocios de hospedaje: Posadas, hoteles, moteles, hostales, pensiones, fondas, casas de huéspedes, aparta hoteles y alojamientos turísticos extra hoteleros.

Asimismo, para poder obtener la condición de beneficiario, se deberán cumplir con los siguientes requisitos generales:

Estar dado de alta en una de las actividades objeto de la convocatoria desde un año antes de la presentación de la solicitud de subvención.

Hallarse al corriente de pago en el momento de efectuar la solicitud de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y la Hacienda Municipal.

No hallarse en alguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación correspondiente será de quince días naturales contado desde el día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. Las solicitudes irán dirigidas al Alcalde del Ayuntamiento de Mazcuerras bajo el modelo que fi gura en los anexos de las bases reguladoras, y se presentarán en el Registro Oficial del Ayuntamiento de Mazcuerras de manera presencial, de manera telemática a través de la sede electrónica (https://sedemazcuerras.simplifi cacloud.com//) o en cualquiera de los registro oficiales habilitados por la Ley 39/2015 en su artículo 16.4.